La Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE) dependiente de la Secretaría de Economía, publicó a través de su portal de SNICE la “Guía de Ventanilla Única para reporte anual de operaciones de comercio exterior (RAOCE) IMMEX – PROSEC”, quedando de la siguiente manera:
IMMEX
De conformidad con lo establecido en el Artículo 25 del Decreto IMMEX las empresas con Programa IMMEX deben presentar el RAOCE.
- Presentación: A través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM)
- Periodo: A partir del 1 abril de 2025 hasta el último día hábil del mes de mayo (30 de mayo de 2025).
- Suspensión automática: El programa quedará suspendido automáticamente en caso de no presentar el RAOCE antes de la fecha señalada
- Última fecha de presentación: Una vez suspendido el programa, podrá presentar el reporte anual hasta el último día hábil del mes de agosto (29 de agosto de 2025), a efecto de que no se cancele.
- Cancelación: El programa quedará cancelado automáticamente el 1 de septiembre de 2025 en caso de no presentar el RAOCE antes de la fecha señalada
- Las empresas con programa autorizado en 2025, NO deben presentar el RAOCE
PROSEC
- De conformidad con lo establecido en el Artículo 8 del Decreto PROSEC, las empresas con Programa PROSEC deben presentar el RAOCE
- Presentación: A través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM).
- Periodo: A partir del 1 abril de 2025 hasta el último día hábil del mes de abril (30 de abril de 2025).
- Excepción: Las empresas que también cuenten con programa IMMEX, ALTEX o ECEX la fecha de presentación será hasta el último día hábil del mes de mayo (30 de mayo de 2025).
- Suspensión automática: El programa quedará suspendido automáticamente en caso de no presentar el RAOCE antes de las fechas señaladas.
- Última fecha de presentación: Una vez suspendido el programa, podrá presentar el reporte anual hasta el último día hábil del mes de junio (30 de junio de 2025), a efecto de que no se cancele.
- Cancelación: El programa quedará cancelado automáticamente el 1 de julio de 2025 en caso de no presentar el RAOCE antes de la fecha señalada.
ALTEX Y ECEX
- Presentación: A través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM).
- Periodo: A partir del 1 abril de 2025 hasta el último día hábil del mes de mayo (30 de mayo de 2025).
- Cancelación: El programa quedará cancelado automáticamente el 31 de mayo de 2025, en caso de no presentar el RAOCE antes de la fecha señalada.
- Ratificación y constancia: el sistema generará en automático el oficio de ratificación de registro de empresa de comercio exterior y de empresa altamente exportadora, siempre que se cumpla con el monto del compromiso de exportación, el cual podrá ser descargado en el apartado de Acuses y Resoluciones de la VUCEM.
- ALTEX cancelación: empresas con programa ALTEX que no cumplan con los porcentajes de exportación, la VUCEM generará de manera automática el oficio de cancelación que podrá ser descargado en el apartado de Acuses y Resoluciones de la VUCEM.