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Acuerdo por el que se dan a conocer las preferencias arancelarias del Apéndice I del Acuerdo de Complementación Económica No. 55, suscrito entre México y Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay

Acuerdo por el que se dan a conocer las preferencias arancelarias del Apéndice I del Acuerdo de Complementación Económica No. 55, suscrito entre México y Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay

El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Secretaría de Economía, el Acuerdo por el que se dan a conocer las preferencias arancelarias del Apéndice I del Acuerdo de Complementación Económica No. 55, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, siendo los últimos cuatro Estados Partes del Mercado Común del Sur, quedando de la siguiente manera:

Hasta el 18 de marzo de 2025, los Estados Unidos Mexicanos aplicarán un arancel de cero por ciento (0%) ad-valorem a las importaciones procedentes de la República Argentina de vehículos automóviles de los literales a) y b) del Artículo 1o. del Apéndice I “Sobre el Comercio en el Sector Automotor entre la Argentina y México” del Acuerdo de Complementación Económica No. 55 celebrado entre el Mercado Común del Sur y los Estados Unidos Mexicanos (ACE 55), al amparo del cupo anual que se establece en el Séptimo Protocolo Adicional del referido Apéndice I, clasificados en las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, de la tabla contenida en la publicación del DOF.

Los cupos anuales de importación que aplicarán los Estados Unidos Mexicanos para efectos del Punto Primero del presente Acuerdo, de conformidad con lo previsto en el Apéndice I del ACE 55, se aplicarán a productos que cuenten con certificado de cupo expedido por la Secretaría de Economía, de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Comercio Exterior. Dicho cupo será publicado mediante Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.

La determinación y certificación de origen de los productos a que se refiere el presente Acuerdo, se realizará conforme a lo dispuesto en el Anexo II del ACE 55 y en el Séptimo Protocolo Adicional al Apéndice I “Sobre el Comercio en el Sector Automotor entre la Argentina y México” del ACE 55.

Para las operaciones de importación de los productos contenidos en la tabla del Punto Primero del presente Acuerdo, el importador deberá transmitir y presentar como anexo al pedimento de importación, conforme al artículo 36-A de la Ley Aduanera, la siguiente documentación:

a) Para los casos previstos en el Punto Primero y hasta el 18 de marzo de 2025, certificado de cupo ALADI expedido por la Secretaría de Economía, y

b)Certificado de origen, de conformidad con lo previsto en el Punto Cuarto del presente Acuerdo.

Lo dispuesto en el presente Acuerdo no libera del cumplimiento de las medidas de regulación y restricción no arancelarias en términos de lo dispuesto en los tratados de libre comercio celebrados por los Estados Unidos Mexicanos, la Ley de Comercio Exterior, la Ley Aduanera y las demás disposiciones aplicables.

El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Las preferencias arancelarias establecidas en el Punto Primero del presente Acuerdo, son aplicables a las mercancías introducidas al territorio nacional a partir del 19 de marzo de 2022.

Se ABROGA el Acuerdo por el que se dan a conocer las preferencias arancelarias del Apéndice I del Acuerdo de Complementación Económica No. 55, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, siendo los últimos cuatro Estados Partes del Mercado Común del Sur, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2020.

 

Acuerdo por el que se dan a conocer las preferencias arancelarias del Apéndice I del Acuerdo de Complementación Económica No. 55, suscrito entre los México y Argentina, Brasil, Paraguay

 

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