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Acuerdo que sujeta al requisito de aviso automático de exportación las mercancías que se indican

Acuerdo que sujeta al requisito de aviso automático de exportación las mercancías que se indican

El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Secretaría de Economía, el “Acuerdo que sujeta al requisito de aviso automático de exportación las mercancías que se indican”, quedando de la siguiente manera:

El presente Acuerdo tiene por objeto establecer un esquema de aviso automático de exportación para las mercancías que se clasifican en las fracciones arancelarias de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, que a continuación se indican, cuando se destinen a su exportación:

Por lo extenso de la publicación, se recomienda consultar el documento adjunto.

Para la obtención del aviso automático de exportación, el interesado debe remitir una solicitud por cada pedimento al correo electrónico aviso.exportacion@economia.gob.mx a través de un escrito libre en términos de la regla 1.3.5 del Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2022 y sus posteriores modificaciones, y proporcionar a la DGFCCE la información requerida, mediante formato Excel que será publicado en la página de internet del SNICE.

Siempre que se cumplan los requisitos señalados en el artículo Tercero del presente documento, dentro de los diez días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud, la DGFCCE emitirá un Aviso automático de exportación por fracción arancelaria de la TIGIE, el cual será remitido al solicitante a través de los correos electrónicos que autorice para tal efecto.

La DGFCCE podrá solicitar que se exhiba la documentación respecto a la información proporcionada en el formato que se refiere el artículo Tercero de este instrumento para cotejo, en caso de considerarlo necesario.

Las autorizaciones emitidas al amparo del presente Acuerdo no eximen del cumplimiento de otros requisitos y demás regulaciones aplicables a la exportación de las mercancías que se encuentren en la aduana de despacho.

Para todo lo no establecido en el presente Acuerdo, se estará a lo dispuesto en el Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2022 y sus posteriores modificaciones y demás ordenamientos jurídicos aplicables.

El presente Acuerdo entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 

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