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Captura de los NICO en las solicitudes de avisos automáticos de importación

Captura de los NICO en las solicitudes de avisos automáticos de importación

La Dirección General de Facilitación Comercial y Comercio Exterior y la Unidad de Normatividad, Competitividad y Competencia de la Secretaría de Economía, han dado a conocer a través del portal del SNICE el Oficio No. 516.2023.2136 referente al “Aviso por el que se comunica la captura de los NICO en las solicitudes de avisos automáticos de importación”, quedando de la siguiente manera:

El Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterio de carácter general en materia de Comercio Exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2022 y sus modificaciones, establece en el numeral 8 fracción II de su anexo 2.2.1, las mercancías comprendidas en las fracciones arancelarias que se sujetan a la presentación de un aviso automático de importación, únicamente cuando se destinen al régimen aduanero de importación definitiva.

El 30 de junio de 2023, se publicó en el DOF el “Acuerdo que modifica al diverso por el que se dan a conocer los Números de Identificación Comercial (NICO) y sus tablas de correlación”, mediante el cual, derivado del análisis realizado a las solicitudes recibidas para la creación o modificación de un NICO, y a fin de contar con una correcta implementación de los mismos, se crearon y se suprimieron NICO.

Por lo anterior fue necesario armonizar las disposiciones aplicables en materia de clasificación de las mercancías, entre las que se encuentra el Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior (Acuerdo de reglas de la SE), cuya publicación está en proceso.

En este sentido, en tanto se publica en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo de reglas de la SE, los usuarios de avisos automáticos de importación que requieran una autorización para las fracciones arancelarias 7219.33.01 y 7219.34.01, deberán capturar en el campo de “Descripción de la mercancía” la fracción arancelaria y el NICO anterior, así como la fracción arancelaria y NICO actual.

 

Oficio 516.2023.2136

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