El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la “Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y sus anexos 1-A, 9, 15 y 23”, quedando de la siguiente manera:
Se REFORMAN las reglas 2.4.15., primer párrafo; 2.7.2.1., párrafos primero, segundo, numerales 7 y 12, y quinto; 2.7.2.4., segundo párrafo; 2.7.2.6., segundo párrafo; 2.7.4.2., párrafos segundo, incisos q) y t) y quinto y se ADICIONAN las reglas 2.2.23.; 2.7.2.1., segundo párrafo, numeral 16; 2.7.4.2., segundo párrafo, inciso u); 2.10.28.; 2.16.5. y 13.1., fracción V, de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, se da a conocer el texto actualizado de las reglas a que se refiere el Resolutivo Primero de la presente Resolución.
En caso de discrepancia entre el contenido del Resolutivo Primero y del presente, prevalece el texto del Resolutivo Primero.
Se da a conocer el Anexo 9, y se modifican los Anexos 1-A y 15 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, así como el Anexo 23 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020.
Se REFORMAN los Transitorios Segundo, párrafos primero y tercero, Quinto y Décimo Sexto de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y sus modificaciones.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF y su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.8., tercer párrafo de la RMF para 2022.
Para los efectos de la regla 3.10.10., la declaración informativa relativa a la transparencia del patrimonio y al uso y destino de los donativos recibidos correspondiente al ejercicio fiscal 2021, podrá presentarse a más tardar el 2 de junio de 2022, a través del programa electrónico que para tal efecto está a disposición de las organizaciones civiles y fideicomisos en el Portal del SAT.