El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la “Cuarta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023 y su Anexo 21”, quedando de la siguiente manera:
Se REFORMAN las reglas 3.1.11.; 3.7.7.; 4.6.17., segundo párrafo; 7.2.1., primer párrafo, fracción X y 7.2.3., séptimo párrafo y se DEROGAN las reglas 1.3.3., primer párrafo, fracción XLII y 7.1.6., séptimo párrafo, fracción I de las RGCE para 2023.
Se dan a conocer las modificaciones de los siguientes Anexos:
I. Segunda Modificación al Anexo 10 de las RGCE para 2022.
II. Segunda Modificación al Anexo 17 de las RGCE para 2022.
III. Segunda Modificación al Anexo 20 de las RGCE para 2022.
IV. Cuarta Modificación al Anexo 21 de las RGCE para 2022.
V. Segunda Modificación al Anexo 28 de las RGCE para 2022.
VI. Segunda Modificación a los Anexos 1 y 22 de las RGCE para 2023.
VII. Tercera Modificación al Anexo 2 de las RGCE para 2023.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF.
Las modificaciones a la regla 3.1.11. y al Anexo 22, apéndice 8, entrarán en vigor el 29 de diciembre de 2023.
La modificación al Anexo 21 entrará en vigor el 01 de enero de 2024.