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Decisión No. 12 de la Comisión del TLC entre México, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua

Decisión No. 12 de la Comisión del TLC entre México, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua

El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Secretaría de Economía, el “Acuerdo por el que se da a conocer la Decisión No. 12 de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua”, quedando de la siguiente manera:

La Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, en cumplimiento con lo establecido en los artículos 4.25 “Reglamento de Operación” y 19.1.3(b)(iii) “Comisión Administradora” del Tratado, DECIDE:

  1. Adoptar el Reglamento de Operación del Comité de Integración Regional de Insumos (CIRI), el cual se anexa a la presente Decisión (Anexo).
  2. El Anexo de la presente Decisión forma parte integrante de la misma.
  3. La presente Decisión entrará en vigor a los 30 días siguientes después de la última comunicación de las Partes informando el cumplimiento de sus respectivos procedimientos legales internos.”

El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

De conformidad con el numeral 3 de la Decisión No. 12 de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, esta Decisión entrará en vigor el 23 de marzo de 2024.

 

Decisión No. 12 de la Comisión del TLC entre México, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua

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