El pasado 07 de noviembre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Presidencia de la República, el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación”, quedando de la siguiente manera:
…
Por lo extenso de la publicación, se recomienda consultar el documento adjunto.
…
Transitorios
Primero. El presente Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2026, salvo lo dispuesto en el artículo 30-B de este ordenamiento, el cual entrará en vigor el 1 de abril de 2026.
Segundo. Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto deberán substanciarse y resolverse en términos de las disposiciones vigentes en la fecha en que iniciaron.
Tercero. En las referencias a la Comisión Nacional de Energía previstas en el presente Decreto, se incluye a la Comisión Reguladora de Energía, conforme a lo dispuesto en el Tercero Transitorio de la Ley de la Comisión Nacional de Energía, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de marzo de 2025.
Cuarto. Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente Decreto deberán cubrirse con cargo a los presupuestos aprobados a los ejecutores de gasto que intervienen en el mismo, por lo que no se autorizarán ampliaciones líquidas a los presupuestos de dichos ejecutores de gasto.

