El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Secretaría de Economía, el “Aviso de la eliminación de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de torres de viento originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia”, quedando de la siguiente manera:
1. Se elimina la cuota compensatoria definitiva de 21% impuesta a las importaciones de torres de viento originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresan por la fracción arancelaria 8502.31.01 de la TIGIE, o por cualquier otra, a partir del 6 de octubre de 2025.
2. Notifíquese el presente Aviso a las partes interesadas de que se tiene conocimiento, las cuales están señaladas en el punto 21 de la “Resolución Final de la investigación antidumping sobre las importaciones de torres de viento originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia”, publicada el 5 de octubre de 2020.
3. Comuníquese el presente Aviso al Servicio de Administración Tributaria y a la Agencia Nacional de Aduanas de México para los efectos legales correspondientes.
4. El presente Aviso entrará en vigor el día de su publicación en el DOF.