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Importación de cinturones de seguridad sujetos a la NOM-119- SCFI-2000 en el punto de entrada al país

Importación de cinturones de seguridad sujetos a la NOM-119- SCFI-2000 en el punto de entrada al país

La Secretaría de Economía, a través del portal del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior, dio a conocer el Boletín B. SNICE 002/2022, referente a la “Importación de cinturones de seguridad sujetos al cumplimiento con la NOM-119- SCFI-2000 en el punto de entrada al país”, quedando de la siguiente manera:

De conformidad con el Oficio 516.2022.1124 tratándose de la importación de mercancías clasificadas en la fracción arancelaria 8708.21.01 “cinturones de seguridad”, no será exigible el certificado de cumplimiento con la NOM-119-SCFI-2000 en el punto de entrada al país, toda vez que la Entidad Mexicana de Acreditación notificó que no se cuenta con algún organismo de certificación acreditado y aprobado para evaluar la conformidad de dicha NOM.

En ese sentido, de conformidad con el Apéndice 9 “Regulaciones y Restricciones no Arancelarias” del Anexo 22 de las Reglas Generales de Comercio Exterior del SAT, para efecto de llevar a cabo sus operaciones de comercio exterior, los importadores deberán declarar en el pedimento la clave “NM” y en el campo del folio del certificado el número de oficio “516.2022.1124”.

El presente boletín tendrá vigencia de un año, a partir del 02 de mayo de 2022, como lo establece el oficio 516.2022.1124.

 

BOLETIN002-CINTURONES-BOLETIN-CINTURONES_20220609-20220609.SNICE 002-2022) CINTURONES NOM-119 – copia

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