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Modificación de los formatos de los trámites a cargo de la SEMARNAT

Modificación de los formatos de los trámites a cargo de la SEMARNAT

El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el “Acuerdo por el que se dan a conocer las medidas de simplificación administrativa aplicadas, se expiden y modifican los formatos de los trámites a cargo de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en las materias de vida silvestre, organismos genéticamente modificados, capa de ozono y movimiento transfronterizo de residuos”, quedando de la siguiente manera:

Por lo extenso de la publicación, se recomienda consultar el documento adjunto.

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor a los quince días hábiles siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, por lo que a partir de esa fecha deben utilizarse los formatos señalados en los Anexos 1 y 2.

SEGUNDO. Los trámites ingresados con anterioridad a la publicación del presente Acuerdo se resolverán de conformidad con la normatividad aplicable vigente en el momento de su presentación.

TERCERO. A partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo quedan sin efectos los formatos identificados con las claves FF-SEMARNAT-097, FF-SEMARNAT-101 y FF-SEMARNAT-105, dados a conocer mediante el ACUERDO por el que se dan a conocer los formatos de los trámites a cargo del sector ambiental en las materias que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de octubre de 2016.

CUARTO. Para los trámites ingresados previamente a la publicación del presente Acuerdo, y que requieran que las notificaciones se realicen vía correo electrónico, podrá ser solicitado expresamente por la persona promovente o quien ejerza su representación legal, en las oficinas del Espacio de Contacto Ciudadano en las que haya presentado su solicitud.

QUINTO. Las erogaciones que, en su caso, se generen con motivo de la entrada en vigor del presente acuerdo, deben ser cubiertas con cargo al presupuesto aprobado para la dependencia en el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente, por lo que no se incrementará su presupuesto ni se autorizarán recursos adicionales para el presente ejercicio fiscal y para los subsecuentes.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5783844&fecha=01/04/2026#gsc.tab=0

 

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