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Monto del cupo máximo para exportar azúcar a EUA del ciclo azucarero comprendido entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026

Monto del cupo máximo para exportar azúcar a EUA del ciclo azucarero comprendido entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026

El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Secretaría de Economía, el Aviso mediante el cual se da a conocer el ajuste ordinario de septiembre de 2025 al monto del cupo máximo para exportar azúcar a los Estados Unidos de América del ciclo azucarero comprendido entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026”, quedando de la siguiente manera:

1.- En cumplimiento de lo establecido en el Punto 13 del Acuerdo, se da a conocer el ajuste ordinario de septiembre de 2025 al monto del cupo máximo para exportar a los EUA azúcar originaria de los Estados Unidos Mexicanos que derive de la caña de azúcar o de remolacha del ciclo azucarero comprendido del 1 de octubre de 2025 al 30 de septiembre de 2026:

Monto Unidad de medida
199,251.799 Toneladas métricas valor crudo (TMVC)

2.- Considerando lo establecido en el Punto 13 del Acuerdo, el monto a que se refiere el numeral anterior se determinó conforme a lo siguiente:

CTt+1 = mín [(Xt+1 *Z), Yt+1]

Donde:

  • CTt+1= Cupo total calculado en septiembre de 2025.
  • Xt+1= Necesidades totales de EUA, con base en la publicación del informe de septiembre de 2025 sobre las estimaciones de la oferta y la demanda agropecuaria mundiales (WASDE, por sus siglas en inglés), el cual puede ser consultado a través del URL: https://www.usda.gov/oce/commodity/wasde/wasde0925.pdf

Dicho monto se calcula de la siguiente manera:

(Uso total * 1.135) – inventarios iniciales – producción de azúcar de caña y remolacha – importaciones bajo arancel-cupo – importaciones bajo otros programas de importación – (otras importaciones según precise el WASDE en la nota 5 de la tabla denominada U.S. Sugar Supply and Use (Oferta y Uso de Azúcar en EUA) para otras de alto nivel + otras).

Los montos de las variables anteriores son los siguientes:

Variable Monto

(Toneladas cortas valor crudo)

Uso total 12,165,000
Inventarios iniciales 2,436,000
Producción de azúcar de caña y remolacha 9,470,000
Importaciones bajo arancel-cupo 1,393,000
Importaciones bajo otros programas de importación 200,000
Nota 5 de otras importaciones (otras de alto nivel y otras) 422,000

El resultado del cálculo es:

Xt+1 = -113,725.000 toneladas cortas valor crudo.

El resultado anterior se convierte a TMVC al dividir entre el factor: 1.10231125, obteniendo como resultado:

Xt+1 = -103,169.590 TMVC.

  • Z= 0.7 en el mes de septiembre.

Xt+1* Z= -103,169.590 * 0.7

Xt+1* Z= -72,218.713 TMVC.

  • Yt+1= Excedente de oferta con la información del balance azucarero estimado vigente al mes de julio de 2025, calculado por el Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar (CONADESUCA) de la siguiente manera:

Los montos de las variables para identificar el diferencial entre la oferta total de azúcar, menos el consumo nacional total, menos el inventario final estimado, son los siguientes:

Variable Monto

(Toneladas métricas)

Oferta total de azúcar 6,074,134
Consumo nacional total 4,333,618
Inventario final 886,170

El resultado del cálculo es:

Yt+1 = 854,346 toneladas métricas.

El resultado anterior se convierte a valor crudo al multiplicar por el factor: 1.06, obteniendo como resultado:

Yt+1 = 905,606.760 TMVC.

El resultado del cálculo CTt+1 = mín [(Xt+1 *Z), Yt+1] es:

CTt+1 = mín [(-72,218.713), 905,606.760]

CTt+1 = -72,218.713 TMVC.

  • De conformidad con el Aviso mediante el cual se da a conocer el monto del cupo máximo para exportar azúcar a los Estados Unidos de América, del ciclo azucarero comprendido del 1 de octubre de 2025 al 30 de septiembre de 2026, publicado en el DOF el 21 de agosto de 2025, del resultado del cálculo correspondiente el CTpara la primera asignación con datos de julio 2025 fue de:

CTt = 199,251.799 TMVC

El Punto 13 del Acuerdo indica que cuando el resultado de CT resulte menor en alguno de los ajustes ordinarios, subsistirá el monto que fue calculado para un periodo anterior, por lo que, para efectos del presente Aviso, el resultado es:

CTt+1 = 199,251.799 TMVC

3.- De conformidad con el Punto 15, párrafos primero, fracción II, segundo, inciso b), y tercero del Acuerdo, con base en el monto de 119,551.080 TMVC asignado con datos de julio 2025, al no existir diferencial de cupo asignado, durante septiembre de 2025 no se tiene monto disponible por asignar.

Monto del cupo máximo para exportar azúcar a EUA del ciclo azucarero comprendido entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026

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