NOM-119-SCFI-2000 – Cinturones de Seguridad

NOM-119-SCFI-2000 – Cinturones de Seguridad

Les damos a conocer el oficio No. DGN 191.01.2024.406 / Of. DGFCCE No. 516.2024.0219 de fecha 31 de enero de 2024, emitido por la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior de la Dirección General de Normas en relación con la NOM-119-SCFI-2000 – Cinturones de Seguridad, mismo que establece lo siguiente:

La Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior de la Dirección General de Normas, informan lo siguiente:

Mediante oficio No. DGFCCE No. 516.2023.1311 / DGN No. 191.01.2023.1227, de fecha 28 de abril de 2023, mismo que se adjunta al presente para su pronta referencia, se solicitó que tratándose de la importación de mercancías clasificadas en la fracción arancelaria 8708.21.01 “Cinturones de seguridad”, no fuera exigible el certificado de cumplimiento con la NOM-119-SCFI-2000 (NOM) en el punto de entrada al país, hasta en tanto el laboratorio de pruebas acreditado y aprobado para evaluar la conformidad con dicha NOM, obtuviera su aprobación ante esta Autoridad.

A la fecha de expedición del presente oficio, ya existe infraestructura para evaluar la conformidad de la norma, consistente en un Organismo de Certificación, una Unidad de Inspección y dos Laboratorios de Pruebas, todos acreditados y aprobados en términos de la Ley de Infraestructura de la Calidad (LIC) para evaluar la NOM-119-SCFI-2000, por lo que los importadores ya se encuentran en posibilidad de demostrar el cumplimiento de la referida norma en punto de entrada al país y llevar a cabo el despacho aduanero de sus mercancías.

Considerando lo anterior, se otorga un plazo de 180 días naturales, contados a partir del día siguiente de la fecha de notificación del presente oficio, para hacer exigible el cumplimiento de la NOM en punto de entrada al país, con el objeto de no generar problemáticas en la operación aduanera; dejando sin efectos, a partir de esa fecha, el oficio No. DGFCCE No. 516.2023.1311 / DGN No. 191.01.2023.1227.

En este sentido, se recomienda a los sujetos obligados a demostrar el cumplimiento de la NOM, iniciar a la brevedad posible los trámites para la Evaluación de la Conformidad ante los Organismos de Evaluación de la Conformidad que correspondan.

La fecha del plazo de los 180 días naturales, se cumplen el próximo 30 de julio de 2024.

CINTURONES-0219-NOMS-ACTUALIDAD-NOMS_20240206-20240206.2024.0219

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