El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la “Sexta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023 y Anexos 1 y 5”, quedando de la siguiente manera:
Se REFORMA la regla 7.3.3., fracción XIII, primer párrafo, inciso a), primer, tercer, cuarto, quinto, sexto, octavo, noveno y décimo párrafos e inciso b), primer, segundo, tercer, quinto y séptimo párrafos y fracción XVIII, primer párrafo de las RGCE para 2023.
Se dan a conocer las modificaciones de los siguientes Anexos:
I. Tercera Modificación al Anexo 1 de las RGCE para 2023.
II. Primera Modificación al Anexo 5 de las RGCE para 2022.
La presente Resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el DOF. Por lo que se refiere a las disposiciones dadas a conocer de manera anticipada en el Portal del SAT, su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.1.2. de las RGCE para 2023.
La modificación a la regla 7.3.3., fracción XIII, primer párrafo, inciso a), quinto y noveno párrafos, así como la adición del formato E15 “Manifestación de voluntad para asumir la responsabilidad solidaria en términos de la regla 7.3.3., fracción XIII” del Anexo 1, entrarán en vigor el 1 de enero de 2024.