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Tasa aplicable del IGI para las mercancías originarias de la Comunidad Europea, de Andorra y de San Marino

Tasa aplicable del IGI para las mercancías originarias de la Comunidad Europea, de Andorra y de San Marino

El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Secretaría de Economía, el “Acuerdo por el que se da a conocer la tasa aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de la Comunidad Europea, del Principado de Andorra y de la República de San Marino”, quedando de la siguiente manera:

Conforme a lo dispuesto en el Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos, por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por otra, y la Decisión No. 1/2019 del Comité Conjunto UE-México, la importación de las mercancías originarias de la Comunidad Europea y la República de San Marino, independientemente de su clasificación en la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, estará exenta del pago de arancel, salvo aquellas mercancías en que se indique lo contrario en el presente Acuerdo.

Las tasas arancelarias preferenciales se expresan en términos ad-valorem, salvo que en la columna relativa a la tasa se prevea un arancel específico, el cual se expresa en términos de dólares o centavos de dólar de los Estados Unidos de América, o un arancel mixto.

Lo dispuesto en el presente Acuerdo no libera del cumplimiento de las medidas de regulación y restricción no arancelarias en términos de lo dispuesto en los tratados de libre comercio celebrados por los Estados Unidos Mexicanos, la Ley de Comercio Exterior, la Ley Aduanera y las demás disposiciones aplicables.

El presente Acuerdo entrará en vigor el mismo día en el que la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de junio de 2022, entre en vigor, conforme a lo previsto en el Transitorio Primero del Decreto por el que se expide la misma.

Se ABROGA el Acuerdo por el que se da a conocer la Tasa aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de la Comunidad Europea, del Principado de Andorra y de la República de San Marino, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2020.

 

ACUERDO por el que se da a conocer la tasa aplicable del IGI para las mercancías originarias de la Comunidad Europea, del Principado de Andorra y de la República de San Marino.

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