• Home
  • Blog Juridico
  • Cuota compensatoria impuesta a las importaciones de vajillas y piezas sueltas de vajillas de cerámica, originarias de China

Cuota compensatoria impuesta a las importaciones de vajillas y piezas sueltas de vajillas de cerámica, originarias de China

Cuota compensatoria impuesta a las importaciones de vajillas y piezas sueltas de vajillas de cerámica, originarias de China

El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Secretaría de Economía, la “Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia y de la revisión de oficio de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de vajillas y piezas sueltas de vajillas de cerámica, incluidas las de porcelana, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia”, quedando de la siguiente manera:

Se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia y de la revisión de oficio de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de vajillas originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de las fracciones arancelarias 6911.10.01 y 6912.00.99 de la TIGIE, o por cualquier otra.

Se fija como periodo de examen y de la revisión de oficio el comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023, y como periodo de análisis el comprendido del 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2023.

La cuota compensatoria definitiva a que se refiere el punto 1 de la presente Resolución, continuará vigente mientras se tramita el presente procedimiento de examen de vigencia y de la revisión de oficio.

Los productores nacionales, importadores, exportadores, personas morales extranjeras o cualquier persona que acredite tener interés jurídico en el resultado de este procedimiento de examen y de la revisión de oficio, contarán con un plazo de veintiocho días hábiles para acreditar su interés jurídico y presentar la respuesta a los formularios establecidos para tales efectos, así como los argumentos y las pruebas que consideren convenientes.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF.

 

Cuota compensatoria impuesta a las importaciones de vajillas y piezas sueltas de vajillas de cerámica, incluidas las de porcelana, originarias de China

Share on Facebook Share on Twitter Share on Google