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Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023

Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023

El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la “Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023”, quedando de la siguiente manera:

Se ADICIONA el Título 13, que comprende la regla 13.1., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, para quedar de la siguiente manera:

  Título 13. Disposiciones de vigencia temporal
  Declaración de pago de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos
13.1. Para los efectos de los artículos 42, primer párrafo, 44, primer párrafo de la LISH, de la regla 2.8.3.1. y el Vigésimo Cuarto Transitorio de la RMF, los asignatarios a que se refieren los citados artículos podrán realizar los pagos de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos correspondientes al mes de diciembre de 2022, a más tardar el 28 de febrero de 2023.

En caso de incumplir con el entero de los derechos en la fecha prevista en el párrafo anterior, los asignatarios no podrán aplicar el beneficio previsto en la presente regla y la autoridad fiscal requerirá el pago total de los adeudos.

LISH 42, 44, RMF 2023 2.8.3.1., Vigésimo Cuarto Transitorio

  Transitorios
Único. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF y su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.8., tercer párrafo de la RMF para 2023.

 

Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023

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