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Investigación antidumping sobre las importaciones de aceros planos recubiertos originarias de Vietnam

Investigación antidumping sobre las importaciones de aceros planos recubiertos originarias de Vietnam

El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Secretaría de Economía, la “Resolución por la que se resuelve el recurso administrativo de revocación interpuesto por las empresas Ternium México, S.A. de C.V. y Tenigal, S. de R.L. de C.V. en contra de la Resolución Final del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de aceros planos recubiertos originarias de la República Socialista de Vietnam, independientemente del país de procedencia, publicada el 24 de febrero de 2023”, quedando de la siguiente manera:

Resulta parcialmente fundado el recurso de revocación, por lo que conforme a lo señalado en los puntos 13 al 45 de la presente Resolución, se modifica la determinación establecida en el punto 917, inciso g de la Resolución Final y se impone una cuota compensatoria definitiva de 2.06% a las importaciones de aceros planos recubiertos originarias de Vietnam, provenientes de la productora exportadora Maruichi, incluidas las definitivas, temporales y las que ingresan por los regímenes de importación, depósito fiscal, elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado, recinto fiscalizado estratégico, y cualquier otro que se incorpore a la legislación aduanera, originarias de Vietnam, independientemente del país de procedencia, que ingresen por las fracciones arancelarias 7210.30.02, 7210.41.01, 7210.41.99, 7210.49.99, 7210.61.01, 7210.70.02, 7212.20.03, 7212.30.03, 7212.40.04, 7225.91.01, 7225.92.01 y 7226.99.99, y al amparo de la Regla Octava por las fracciones arancelarias 9802.00.01, 9802.00.02, 9802.00.03, 9802.00.04, 9802.00.06, 9802.00.07, 9802.00.10, 9802.00.13, 9802.00.15 y 9802.00.19 de la TIGIE, o por cualquier otra, independientemente del país de procedencia.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 66 de la LCE, los importadores que conforme a esta Resolución deban pagar la cuota compensatoria definitiva, no estarán obligados al pago de la misma si comprueban que el país de origen de la mercancía es distinto a Vietnam.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.

 

Recurso de revocación contra investigación antidumping sobre las importaciones de aceros planos recubiertos originarias de la República Socialista de Vietnam

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