Novena Resolución de Modificaciones a la RMF para 2023 y Anexo 1-A

Novena Resolución de Modificaciones a la RMF para 2023 y Anexo 1-A

El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la “Novena Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 y Anexo 1-A”, quedando de la siguiente manera:

Se REFORMAN las reglas 2.7.1.6.; 2.7.3.4., primer párrafo y 13.1., primer párrafo, fracción X; se ADICIONAN al Glosario, fracción II, el numeral 56 y a la fracción III, los numerales 11, 12 y 13; la regla 13.1., primer párrafo, fracción XI, así como el Capítulo 11.11., que comprende las reglas 11.11.1. a la 11.11.13.; el Capítulo 11.12., que comprende las reglas 11.12.1. a la 11.12.5. y el Capítulo 11.13., que comprende las reglas 11.13.1. a la 11.13.6., y se DEROGA la regla 2.1.28., tercer párrafo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5o de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, el texto actualizado de las reglas a que se refiere el Resolutivo Primero de la presente Resolución, podrá ser consultado en el Portal del SAT.

Se da a conocer la Quinta Modificación al Anexo 1-A de la RMF para 2023.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF. Por lo que se refiere a las disposiciones dadas a conocer de manera anticipada en el Portal del SAT, su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.8., tercer párrafo.

Los contribuyentes personas físicas que tributen en términos del Título IV, Capítulo II, Sección II, de la Ley del ISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2021, y que de conformidad con lo establecido en las reglas 2.7.1.21. y 2.7.5.5. de la RMF para 2021, hayan expedido CFDI a través del aplicativo “Mis cuentas”, en los ejercicios, 2021, 2022 o 2023, en este último ejercicio, hasta antes de la publicación de la presente Resolución, podrán continuar expidiendo sus CFDI en “Factura fácil” y “Mi nómina”, hasta el 31 de diciembre de 2023, haciendo uso de la facilidad de sellar el CFDI sin la necesidad de contar con el certificado de e.firma o de un CSD.

 

Novena Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 y Anexo 1-A

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