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Tercera Resolución de Modificaciones a las RGCE para 2023 y anexos 2, 4, 21, 22 y 27

Tercera Resolución de Modificaciones a las RGCE para 2023 y anexos 2, 4, 21, 22 y 27

El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la “Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023 y anexos 2, 4, 21, 22 y 27”, quedando de la siguiente manera:

Se REFORMAN el Glosario, fracciones II, numeral 15 y III, numeral 40 y las reglas 2.1.3., párrafo quinto; 3.1.29., párrafo tercero; 3.3.12.; 3.5.14., párrafo primero, fracción II, inciso i), numeral 1; 3.7.24.; 5.1.1., párrafo segundo, fracción II; 7.1.4., párrafos segundo, apartado G, fracción IV y tercero, fracciones I, II y IV; 7.1.5., párrafo primero, fracción I, párrafo segundo, incisos a) y b) y 7.2.7., párrafo cuarto, fracciones I y II; y se DEROGAN las reglas 3.3.18.; 3.3.19. y 3.7.34. de las RGCE para 2023.

Se REFORMA el Transitorio Primero, fracción II de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023, publicadas en el DOF el 27 de diciembre de 2022, para quedar de la siguiente manera:

PRIMERO. …

II. Las reglas 1.9.11., fracción I, inciso b), numeral 8; 2.4.12., fracción I, inciso f); 3.1.15., fracción V; 3.1.32., fracción VIII y párrafo tercero; 3.1.33., fracción I, inciso g), y 4.6.8., fracción II, inciso h), en lo relativo al folio fiscal del CFDI de tipo ingreso o tipo traslado, según corresponda, con complemento Carta Porte, serán exigibles a partir del 01 de enero de 2024.”

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF. Por lo que se refiere a las disposiciones dadas a conocer de manera anticipada en el Portal del SAT, su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.1.2. de las RGCE para 2023.

 

Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023 y anexos 2, 4, 21, 22 y 27

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